sábado, 11 de julio de 2009

Regalos, sobornos y cohecho: los trajes de Camps


Código Penal, capítulo V.

DEL COHECHO.

Artículo 419. La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, solicitare o recibiere, por sí o por persona interpuesta, dádiva o presente o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo una acción u omisión constitutivas de delito, incurrirá en la pena de prisión de dos a seis años, multa del tanto al triplo del valor de la dádiva e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a doce años, sin perjuicio de la pena correspondiente al delito cometido en razón de la dádiva o promesa.

Artículo 420. La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, solicite o reciba, por sí o por persona interpuesta, dádiva o promesa por ejecutar un acto injusto relativo al ejercicio de su cargo que no constituya delito, y lo ejecute, incurrirá en la pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a nueve años, y de prisión de uno a dos años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años, si no llegara a ejecutarlo. En ambos casos se impondrá, además, la multa del tanto al triplo del valor de la dádiva.

Artículo 421. Cuando la dádiva solicitada, recibida o prometida tenga por objeto que la autoridad o funcionario público se abstenga de un acto que debiera practicar en el ejercicio de su cargo, las penas serán de multa del tanto al duplo del valor de la dádiva e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

Artículo 426. La autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente, incurrirá en la pena de multa de tres a seis meses


Vale, si le han regalado algo y queda demostrado (eso, porque que ha sido para obtener algo a cambio ya se ha desestimado), está prohibido, está mal, que "pague" el Sr. Camps ahora por no pagar antes los trajes que él por otro lado, niega haber recibido como regalo y afirma haber pagado como todo hijo de vecino y que yo sepa, en este país aún está aquello de la presunción de inocencia, pero tenemos la manía de dejar que sean antes que los jueces los medios de comunicación los que emitan sus juicios y sus veredictos... y como todos podemos juzgar, pues me toca:
que empiecen a ir a por todos los funcionarios públicos o autoridades que los reciben ¿no?: jueces, reyes, otros políticos, funcionarios varios (médicos, etc)... o todos moros o todos cristianos, coño y dejad de tocar los webs al personal y a cambiarnos de tema para olvidar la puta crisis. Y que modificquen la puñetera ley, que se entiende fatal y pongan clarito el cartel: PROHIBIDOS LOS REGALOS DE CUALQUIER TIPO Y CUANTIA, PUNTO PELOTA, como hacen en Noruega.
Al que está en el paro, al que le van a embargar el piso, al que no puede dar de comer a sus hijos o al empresario que se ve arruinado les suda la polla hablando claro, alto y malsonante que a Camps le hayan regalado trajes por valor de 12.000 € o de lo que sea. Al menos no los ha pagado con dinero público, cosa que sí han hecho otros (por ejemplo, irse de cacería, sin ir más lejos y no remuevo más mierda).
Como pillen a mi doctora que la he regalado un gato de la tienda de los chinos de la playa, del elevadísimo coste de 1,5 € y se lo dí la semana pasada.... pobre...

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